Abogados de Quiebra  ·  Puerto Rico

Un nuevo comienzo
está a su alcance.

Si enfrenta problemas económicos y no sabe por dónde empezar, estamos aquí para ayudarle. Con más de 12 años de experiencia le guiamos paso a paso hacia un nuevo comienzo financiero.

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Confidencial
Capítulo 7 & 13
"We Are a Debt Relief Agency"
El Bufete

Comprometidos con su estabilidad financiera

Figueroa & Serrano, PSC es un bufete de abogados dedicado a ofrecer representación legal de excelencia en el área del derecho de Quiebras personales en Puerto Rico.

Su práctica está liderada por el Lcdo. Roberto A. Figueroa Colón, abogado admitido al Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, con experiencia en casos de quiebra desde el año 2013.

Nuestra misión es brindar apoyo legal a personas honestas que enfrentan dificultades económicas, ayudándoles a retomar el control de su situación financiera y alcanzar el nuevo comienzo que les ofrece la Ley de Quiebra.

12+
Años de experiencia
Cap. 7 & 13
Casos de Quiebra
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Confidencial
Lcdo. Roberto A.
Figueroa Colón
Abogado de Quiebras

Abogado admitido al Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico. Trabaja casos de quiebra desde 2013, con una sólida trayectoria ayudando a personas y familias a recuperar su estabilidad financiera.

Se distingue por brindar soluciones legales efectivas junto con un trato empático y personalizado en momentos de dificultad económica.

Reseñas

Lo que dicen nuestros clientes

Áreas de Práctica

Nuestros Servicios

Representación integral en procesos de quiebra personal bajo la ley federal.

Quiebra Capítulo 7

Descargo de ciertas deudas para personas que califican. En la mayoría de los casos, la persona puede conservar sus pertenencias ya que están exentas por ley. Proceso eficiente con resultado definitivo.

Quiebra Capítulo 13

Plan de pagos de 3 a 5 años que le permite quedarse con su casa y auto. Ideal para quienes tienen ingresos regulares y desean reorganizar sus deudas de forma manejable.

El Proceso

Cómo trabajamos juntos

Un proceso claro y confidencial.

— 01
Consulta Gratis

Evaluamos su situación financiera de forma gratuita y confidencial. Sin compromiso, sin costo.

— 02
Evaluación Legal

Determinamos qué capítulo es más conveniente para su situación y le explicamos sus derechos.

— 03
Preparación del Caso

Recopilamos la documentación y preparamos su petición para el Tribunal Federal de Quiebra.

— 04
Representación Federal

Le representamos en todo el proceso ante el Tribunal Federal hasta obtener su descargo.

La Ley

¿Qué es la Quiebra?

En general, la Quiebra es una ley federal que protege y brinda al deudor honesto un nuevo comienzo (fresh start) en su vida financiera.

Un deudor honesto tiene derecho a presentar una petición de quiebra en el Tribunal Federal de Quiebra, lo que detiene de forma inmediata toda gestión de cobro por parte de los acreedores, incluyendo cartas, llamadas, demandas y embargos.

La Ley de Quiebra es una herramienta poderosa que el Congreso de los Estados Unidos ha puesto a su disposición para protegerle y darle la oportunidad de comenzar de nuevo su vida financiera.

Evalúe su caso — Gratis
¿Qué puede hacer la Quiebra por usted?
Eliminar la obligación legal de pagar todas o la mayoría de sus deudas. A esto se le llama el descargo (discharge) de deudas, diseñado para dar un nuevo comienzo financiero.
Detener el proceso de ejecución de hipoteca de manera que le permita ponerse al día con pagos en atrasos.
Prevenir la reposesión de su carro u otra propiedad, o obligar a su acreedor a devolver propiedad aunque ya haya sido reposeída.
Detener embargos a su sueldo y gestiones de cobro.
Proteger a co-deudores.
Prevenir la eliminación o restablecer los servicios básicos (Agua / Luz).
Impugnar reclamaciones de acreedores que han cometido fraude o que tratan de cobrar más de lo que realmente se adeuda.
Fuente: National Consumer Law Center (NCLC)
Quiebra Personal
Capítulo 7

En un caso bajo el Capítulo 7 de la Ley de Quiebra, el Tribunal puede emitir una orden de descargo (discharge) que elimina ciertas deudas a cambio de bienes no exentos según la ley.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, la persona que presenta la quiebra puede conservar sus pertenencias, ya que están protegidas o exentas por disposiciones de ley.

Fuente: National Consumer Law Center (NCLC)
Quiebra Personal
Capítulo 13

En un caso bajo el Capítulo 13, se propone un Plan de pagos que dispone la manera en que se van a pagar las deudas en un período de tres (3) o cinco (5) años.

Lo más importante es que le permite quedarse con propiedad valiosa, como su auto o casa, que de otra manera se hubiesen perdido. Para esto tiene que poder efectuar los pagos requeridos por Ley a través de un Plan de pagos.

Debe considerar el Capítulo 13 si usted:

  • Es dueño de su casa y está en peligro de perderla por problemas económicos.
  • Tiene atrasos en sus pagos pero puede ponerse al día si le dan más tiempo.
  • Tiene propiedad valiosa que no está exenta por Ley y puede pagar a sus acreedores con su ingreso a través del tiempo.
Fuente: National Consumer Law Center (NCLC)
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